Liquidación

En cuanto al cálculo de la liquidación e indemnización por despido, en los artículos 485 y 486 se estipula la prima de antigüedad al igual que en el artículo 162 mencionando la indemnización de 3 meses de salario mencionados en el artículo 50 fracción .

 

en este caso también se incluyen las partes proporcionales del sueldo, aguinaldo y prima vacacional

 

Para hacer el cálculo De la prima de antigüedad se deben de multiplicar 12 días de salario diario integrado por cada año trabajado, esto quiere decir que si trabajo 3 años, se deben multiplicar 12 días de salario diario integrado por 3.

 

ahora para el cálculo de la indemnización únicamente se calculan 3 meses de salario diario integrado.

 

en el caso de ser un trabajador indeterminado se le calculan 20 días por año, lo que quiere decir que sí trabajó 3 años son 20 días de salario integrado por 3.

 

Un ejemplo es que si un trabajador entra a la empresa el 14/02/2010 y es despedido un 24 de junio 2022, Supongamos que tiene un salario diario de 650 pesos, primero para calcular los 3 meses de sueldo se contemplan 91 días equivalentes a los 3 meses, Que daría un total a 58,500 pesos.

 

Ahora se deben de multiplicar 20 días de salario por año trabajado, si tiene 12 años de antigüedad, se deben de multiplicar MXN$ 650 por 20 días por 12, Resultado de MXN$ 156,000.

 

por último se le agregan 12 días de salario por cada año, lo que quiere decir que son 12 días por 12 años es igual a 144 multiplicado por 650 pesos da un resultado de MXN$ 93,600.

 

Cada uno de los resultados obtenidos se suman y da un total de MXN$ 319,550

 

esa es la cantidad total que se le debe de pagar contemplando el cálculo anterior de las partes proporcionales al sueldo aguinaldo y prima vacacional, y adjuntando la suma de la indemnización por despido





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